Columna de Opinión: Nueva Constitución v/s Nuevo Gobierno

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Romina Álvarez Trujillo

Analista en Políticas y

Asuntos Internacionales

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Hoy por hoy muchas son las dudas que rondan respecto de las atribuciones que tienen las, los y les constituyentes en el nuevo proceso refundacional del país. Algunas de estas preguntas radican por ejemplo en ¿pueden terminar con el sistema presidencial y crear un sistema parlamentario?, ¿podrían eliminar todas las iniciativas exclusivas de la presidencia?, o ¿podrían terminar con la estructura de los gobiernos provinciales?

La respuesta a todas estas preguntas es sí, la convención puede hacerlo, para eso no hay que ir a teorías jurídicas, que por lo demás las hay, sólo basta mirar los procesos internacionales como, a modo de ejemplo,  Ecuador, cuya asamblea constituyente disolvió el congreso nacional y ejerció la facultad legislativa; u observar también el caso del proceso español, en donde quienes detentaban el poder constituyente crearon nuevas instituciones que reemplazaron a las franquistas, además de plebiscitar, por decisión propia, el texto constitucional y no por mandato de la constitución de ese entonces vigente.   

Pese las experiencias históricas y la empírea de esos procesos, hay quienes aún, tanto de derecha como de izquierda, neoliberales y antineoliberales, consideran de manera arrogante o por desidia, que este proceso es un interludio y que está por debajo de los demás poderes o que será dictado por ellos.  

Pero como los procesos históricos y políticos siguen su cauce y los diques de contención son sobrepasados por el pueblo como ocurrió el 18 de octubre, el próximo gobierno, no podrá más que trabajar de manera colaborativa con el nuevo proceso. Otro tipo de actuar es no entender o no querer asumir la potestad que el pueblo le entregó a la convención para refundar este país y es no captar el alcance y significado de “la hoja en blanco”. Es, en resumen, apostar por limitar el ejercicio de la potestad constituyente del pueblo.  

Cualquier gobierno electo, el que sea, gobernará con la constitución pinochetista refundida con neoliberalismo concertacionista. Si al próximo gobierno eso le acomoda entonces gobernará por carriles separados respecto de la convención constituyente, pero si es electo un gobierno que se llame asimismo de izquierda antineoliberal, no sólo se tendrá que entender con la convención, sino que tendrá que apostar a ella. Cualquier actuar contrario o errático, será un enfrentamiento con las legítimas aspiraciones y expectativas de refundación en Chile.  

Volviendo nuevamente a las interrogantes de lo que se puede o no hacer, ¿podría la convención decirle al nuevo gobierno, por medio de disposiciones transitorias, que ya no podrá firmar ningún tratado internacional por un periodo de tiempo mientras ajuste los tratados ya suscritos a lo resuelto por la convención constituyente? o ¿podría la convención dictaminar que el gobierno debe ser integrado de manera paritaria? O, incluso, ¿podría la convención anticipar las elecciones presidenciales y otras, ajustando sus fechas? la respuesta es nuevamente sí. En este contexto, del carácter del nuevo gobierno, dependerá si hay entendimiento con la convención y si el nuevo gobierno será exitoso, o no.

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