Convención Constitucional: Nueva norma del Derecho de Propiedad permitiría vender por ejemplo las Torres del Paine

Mientras que los medios nacionales han estado hablando toda la semana sobre «amarillismos», en la comisión de derechos fundamentales de la Convención Constitucional avanzó  norma sobre derecho de propiedad propuesta por el Frente Amplio que deja fuera  a bienes Naturales,  comunes nacionales

La Norma es firmada por el vice presidente del órgano Constituyente Gaspar Dominguez además de Constitucionales como Amaya Álvaz y Benito Baranda entre otros.

Que dice la Norma «Artículo 24.- Derecho de propiedad. La Constitución asegura a todas las personas el derecho de propiedad en todas sus especies y sobre toda clase de bienes. Los bienes incorporales sólo estarán amparados por este derecho cuando lo determine expresamente la ley» aunque ya se le han presentado algunas indicaciones no serian muy  distintas de las que riguen hoy en la Constitución de Guzmán.

¿Que dice la Constitución del 80? Artículo 19.- La Constitución asegura a todas las personas:
23º.- La libertad para adquirir el dominio de toda clase de bienes, excepto aquellos que la naturaleza ha hecho comunes a todos los hombres o que deban pertenecer a la Nación toda y la ley lo declare así.

De aprobarse la Norma descrita

 

  • Corresponderá a la ley determinar el modo de adquirir la propiedad, su contenido, sus límites y los deberes que emanan de ella; conforme a su función social y ecológica. 

 

  • Los títulos administrativos que habiliten la prestación de servicios de interés general o la explotación de bienes comunes no quedarán amparados por este derecho y se someterán al estatuto que defina la ley, la cual deberá cautelar el interés social y el equilibrio ecológico. La función social de la propiedad comprende cuanto exijan los intereses generales del Estado, la utilidad y la salubridad públicas, el fomento a la igualdad y la descentralización, así como el mejoramiento de las condiciones de vida de las personas

 

  • La función ecológica comprenderá, entre otros aspectos, el deber de toda persona, pública o privada, de proteger los derechos de la Naturaleza, de preservar o restaurar las condiciones ecológicas esenciales asociadas a los componentes o elementos ambientales bajo su propiedad, titularidad o control, como ejemplo a lo mas relevante de la.propuesta mencionada

 Indicaciones a la Norma del Derecho a Propiedad


Para sustituir en el primer inciso la frase “La Constitución asegura a todas las personas el derecho de propiedad en todas sus especies y sobre toda clase de bienes”, por »Se reconoce y garantiza la propiedad en sus diferentes especies, ya sea pública, estatal, privada, indígena, colectiva, comunitaria, y otras que consagren la Constitución y las leyes. El uso de bienes comunes en ningún caso otorgará a sus titulares la propiedad sobre ellos”.
Para agregar: «La función social de la propiedad comprende cuanto exijan los intereses generales del Estado, la utilidad y la salubridad públicas, el fomento a la igualdad y la descentralización, así como el mejoramiento de las condiciones de vida de las personas».


“La función ecológica comprenderá, entre otros aspectos, el deber de toda persona, pública o privada, de proteger los derechos de la Naturaleza, de preservar o restaurar las condiciones ecológicas esenciales asociadas a los componentes o elementos ambientales bajo su propiedad, titularidad o control.”


“Cuando la función social o ecológica de la propiedad resultare en conflicto con los derechos de los particulares, prevalecerá el interés público, social y ecológico.”
“El Estado generará las condiciones necesarias para desconcentrar la propiedad privada”.


“En atención al derecho internacional referente a la soberanía de los pueblos y para el desarrollo del buen vivir, el Estado podrá nacionalizar bienes y empresas, debiendo indemnizar a los afectados de acuerdo con las normas establecidas en esta Constitución y las leyes.”

Sin duda el debate sobre la propiedad en la Convención será la función social de la propiedad que comprende cuanto exijan los intereses generales del Estado, la utilidad y la salubridad públicas, el fomento a la igualdad y la descentralización, así como el mejoramiento de las condiciones de vida de las personas en nuestro país.

 la Norma no alcanzaría la votación para ser modificada (17 en total) y de ser asi ingresará al informe de la comisión para ser  votada en el pleno.

 

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